Nueva Legislación Patín Eléctrico

⚠️🛴 Nueva Legislación Patinetes Eléctricos en España

El día 22 de enero de 2024 entrará en vigor la nueva legislación para patín eléctrico, para regular el uso y venta de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en España. Esta Ley va a obligar a los fabricantes a que homologuen sus productos con los laboratorios de asignados por la DGT. El fin de esta homologación es asegurar que los productos cumplen con la legislación requerida y la manera de acreditarlo es la chapa identificativa que ha de llevar el patín. A partir de esa fecha, no se puede comercializar patines sin dicha placa. Aunque los usuarios que ya dispongan de patines que no cumplan con la nueva legislación si que podrán circular con sus VPM hasta el 22 de enero de 2027.

Normas – Nueva Legislación Patín eléctrico
Patinete eléctrico smartgyro K2 Titán
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Los Patinetes (VMP) NO podrán exceder de los 25Km/h. Además, el fabricante deberá garantizar la imposibilidad de manipulación del VMP y sus piezas de origen para exceder la limitación de velocidad. No podrá superar los 50 Kg de peso. Tampoco podrá exceder de 2m de largo, una altura de 1.4m y 0.75m de ancho. Además, deberán de incluir una pata de cabra, claxon, Display indicador de velocidad y nivel de batería. Y sus ruedas tienen que ser como mínimo de 8” y con la presión grabada en el neumático de la misma.

Sistema De Frenado 

El sistema de frenado también estará regulado de manera que los patinetes deberán de tener dos frenos independientes. Uno con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2 y si falla este freno, el otro tiene que ser capaz de soportar el 44% de la frenada. Es decir, uno de los frenos tiene que poder parar el patín en 2 segundos. Y si este fallase, el otro lo tiene que poder frenar en 4,5 segundos.

Iluminación 

Los patinetes deberán de llevar los siguientes catadióptricos, 1 frontal en color blanco, 2 laterales blancos o amarillo auto y 1 trasero en color rojo. También deberán de incluir iluminación delantera en color blanco y trasera en color rojo. La luz de freno será obligatoria de manera diferenciada o combinada con la luz trasera, con intensidad. Los intermitentes sólo son obligatorios en el caso de transportar mercancía, y los traseros han de estar mínimo a 15 cm del suelo y visibles con un ángulo de visión de 25º.

Requisitos

Los requisitos eléctricos lo componen los componentes eléctricos y baterías, así como cables y conexiones y han de tener una resistencia mecánica adecuada. Las baterías no superarán una tensión máxima de 100 VCC (Voltios). También debe de tener una resistencia mínima a la humedad. El control de potencia y apagado también estará regulado realizándose ensayos para garantizarlo. La potencia Nominal no excederá de los 1000W. Destacaremos la regulación del Antirrobo que si se activa en marcha debe permitir frenar y no frenar por sí mismo a más de 2 m/s2. Así pues, los elementos electrónicos deben incluir sensores de temperatura que corten la alimentación en caso de alcanzar temperaturas elevadas.

Documentación – Nueva Legislación Patín eléctrico

Deberá de llevar una placa permanente, legible y ubicada a la vista con el marcaje de velocidad máxima, número de serie, número de certificado, marca, modelo y año. También llevaremos la documentación que se adquiere en el momento de la compra y  deberá informar que el vehículo pertenece a la categoría de Vehículos de Movilidad Personal

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