La normativa legal sobre patinetes eléctricos y su circulación según la DGT

Todo en esta vida va cambiando con el transcurso de los años, la forma de desplazarnos va modificando nuestras formas de vida. Con el lanzamiento de diferentes patinetes eléctricos estamos frente a un cambio que hasta hace relativamente poco no tenía regulación alguna.

En el año 2016, después de uno de los primeros booms en cuanto a aparatos eléctricos autopropulsados y que muchos jóvenes y adultos usaban día a día, la DGT publicó una instrucción con número 16/V-124 donde se catalogaba a los patinetes eléctricos como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en este documento la Dirección General de Tráfico instaba a los gobiernos de cada ayuntamiento a regularizar la circulación de estos vehículos.

Creemos importante compartir con todos vosotros las catalogaciones de la DGT según el peso, la masa y la velocidad y lo que algunos ayuntamientos han dictaminado al respecto, para que al comprar un patinete eléctrico estéis seguros y cumpliendo la normativa legal de cada ciudad.

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La circulación del patinete eléctrico, ¿por qué zonas se pueden circular?

Junto con la instrucción 16/V-124 la DGT anexaba un documento para clasificar los diferentes tipos de patinetes que podemos encontrar hoy en día por las calles de cualquier ciudad.

Lo primero que se citaba en esta ordenanza vial es que las personas que manejen estos vehículos de movilidad personal (VMP) no pueden ser considerador ni vehículos a motor ni peatones y por esta razón se estipularán medidas especiales. Como que podrán ubicarse físicamente en el ámbito de la calzada siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local para la circulación de VMP. Y además concluían diciendo que si estos vehículos disponían de más de dos ruedas o su uso se destinaba a realizar actividades de ocio o económicas si necesitarán disponer de una Autorización Municipal.

Madrid y Barcelona las dos ciudades en las que se regula la circulación de los VMP

A razón de que la DGT sacara su instrucción tanto Madrid como Barcelona han decidido regularizar la circulación de patinetes eléctricos por sus calles.

En Madrid debido a que se ven numerosos patinetes del tipo A y B en circulación por las calles de la ciudad, por esta razón el consistorio ha prohibido la circulación de cualquier patinete eléctrico por aceras por donde caminen peatones y del mismo modo no podrán circular ni por la calzada, ni un carril bici que fluya por la calzada y ni mucho menos por carriles bus o taxi.

En Madrid se permite la circulación de los VMP por carriles bicis exclusivos y protegidos, así como por las pistas de vehículos no motorizados, sendas de bici o zonas residenciales de hasta 20 o 30 km/h según el límite del patinete eléctrico que se utilice.

En Barcelona fueron mucho más concretos y desarrollaron dos carteles uno para el tipo A y otro para el tipo B donde regularizaban de una forma mucho más fácil de entender el uso y circulación de estos vehículos de movilidad personal.

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